ayuna como los huéspedes en las bodas de antes y del futuro
“No ayunen como en esos días, si quieren hacer oír su voz en las alturas” (Isaías 58:4).
Jesús dijo a los discípulos de san Juan Bautista que sus propios discípulos ayunarían después de la fiesta de bodas (Mt 9:15). Al hacerlo, Jesús dio a entender que el tiempo de Su presencia corporal en la tierra era un banquete de bodas. Jesús también enseñó que nos estaba guiando a la fiesta de bodas eterna en el cielo (ver Ap 19:7). Así, el ayuno cristiano va precedido y seguido de fiestas de bodas.
El ayuno cristiano supone que hemos conocido a Jesús, el Novio, y nos hemos regocijado en la comunidad de su pacto de amor. Si no conocemos a Jesús y Su comunidad, su gozo y su pacto, el ayuno nos resultará muy difícil, confuso o sin sentido. Incluso si ayunamos, lo haremos con motivos equivocados.
Además, el ayuno cristiano siempre debe tener como objetivo la fiesta de bodas celestial. Cuando ayunamos, deberíamos pensar en la venida final de Jesús y en el gozo perfecto del cielo. Cuando ayunamos, debemos concentrarnos en las cosas del cielo y no en las de la tierra (Col 3:2). Esto nos dará la perspectiva correcta en el ayuno y nos ayudará a perseverar en él.
En esta Cuaresma, ayuna comiendo sólo una comida completa al día, a menos que el Señor te haya dado una mejor manera de ayunar. Ayuna como los huéspedes en las bodas de antes y del futuro. Ayuno en el amor del pacto (ver Dn 9:3-4).
Oración: Padre, envía el Espíritu Santo para que me enseñe a ayunar como lo hizo Jesús.
Promesa: “Este es el ayuno que yo amo –oráculo del Señor: soltar las cadenas injustas, desatar los lazos del yugo, dejar en libertad a los oprimidos y romper todos los yugos” (Is 58:6).
Alabanza: Santas Perpetua y Felicidad, madres de bebés recién nacidos en Cartago, norte de África, fueron decapitadas en el anfiteatro por negarse a renunciar a su fe cristiana.
Referencia:
Rescripto: Según el Código de Derecho Canónico, se otorga el Nihil Obstat (no existe impedimento para publicar) a Un Pan, Un Cuerpo por el periodo 1 de febrero de 2025 al 31 de marzo de 2025. Otorgado el 7 de agosto de 2024. Reverendo Steve J. Angi, Canciller y Vicario general de la Arquidiócesis de Cincinnati
El Nihil Obstat establece que no existe impedimento para la publicación de un libro o folleto. No implica acuerdo con contenido, opiniones o afirmaciones expresadas en el mismo.